La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huesca el pasado 14 de julio, que condenaba a 25 años de prisión al hombre acusado de acabar con la vida de su exesposa en la localidad oscense de Monzón. Los hechos ocurrieron el 25 de noviembre de 2018 y el acusado utilizó un cuchillo de cocina.
Los magistrados han considerado que sí existió ensañamiento y que no ha quedado probado el trastorno mental transitorio. La víctima no murió por una puñalada en concreto sino a causa del gran número de ellas –más de 90– porque le produjeron una gran pérdida de sangre.
Otra de las razones argumentadas para rechazar el recurso es el trastorno mental transitorio expuesto por la defensa. Sobre ello la Sala ha reiterado los argumentos de la sentencia recurrida y ha concluido que «no se ha declarado probada disminución alguna de la capacidad del sujeto para entender la maldad de su acción» y por ello no cabe plantearse la inimputabilidad del acusado.
Frente a las alegaciones de la defensa, reconocen también los magistrados que no existe motivo alguno que pueda justificar un evidente error por parte del jurado, ni de que sus apreciaciones y valoraciones hayan afectado a los derechos constitucionalmente reconocidos al acusado.
Por tanto, el TSJA confirma la resolución recurrida que condenaba a M.D. a 25 años de prisión por un delito de asesinato caracterizado con las circunstancias de alevosía y ensañamiento, con agravantes de parentesco y violencia de género.
Contra la sentencia dictada por la Sala Civil y Penal del TSJA se puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.