En estos tiempos de pandemia en los que por momentos se aíslan poblaciones enteras y, a veces solo algunas zonas, es importante tener claros cierto tipo de conceptos de ordenación territorial como pueden ser los municipios.
A lo largo de este artículo te contaremos qué es un municipio, qué territorios abarca y cuál es su organización.
7La población
Dado que los municipios son las entidades básicas del estado, toda persona residente en territorio español tiene que integrarse en la población de alguno de los municipios existentes. Todos los habitantes de un mismo municipio constituyen lo que se llama el padrón municipal. La inscripción en este padrón es lo que le confiere a los habitantes de los diversos municipios su calidad de vecinos. Como es lógico ser vecino de un municipio tiene una serie de derechos y también de obligaciones.
Entre los derechos y las obligaciones de los vecinos están la de ser electores y elegibles, tal y como se regula en la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio junio de Régimen Electoral General. Otro de los derechos y las obligaciones es el poder participar en la gestión municipal de acuerdo a lo dispuesto en las propias leyes, la participación ciudadana en la actividad municipal es clave en su funcionamiento.
Son también derechos de los vecinos el utilizar los Servicios Públicos Municipales y poder acceder a los aprovechamientos comunales. Atendiendo a las normas del artículo 25 de la Ley Reguladora de las bases de 1985, se mantiene como una de las obligaciones de los municipios el «promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal».
Otra de las obligaciones de los vecinos es la de contribuir a las competencias municipales mediante «tasas, contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales«.
Los vecinos también tienen el derecho de información y a realizar peticiones tal como recoge el artículo 105 de la Constitución y también a someter asuntos a consulta popular.