Piden 10 años de prisión a acusado de violar a una amiga

La Audiencia Provincial de Ciudad Real tiene previsto juzgar el próximo miércoles 14 de octubre al acusado de violar a una amiga que previamente había ido a visitarle para pedirle dinero en su vivienda de Argamasilla de Alba. Unos hechos que para el fiscal son constitutivos de un delito de agresión sexual con acceso carnal por vía bucal con el agravante de género por lo que ha solicitado una pena de diez años de prisión.

Los hechos, según lo relatado por el escrito de acusación, se remontan al 7 de mayo de 2018 cuando la mujer acudió al domicilio del acusado situado en Argamasilla de Alba para pedirle que le dejase dinero, momento en el que el acusado le dijo que no tenía y le pidió que mantuviesen relaciones sexuales. Ella se negó e intentó salir del domicilio.

En el escrito se explica que en este momento el acusado le manifestó que «tú de aquí no te vas, tienes que hacer lo que yo te diga porque esta es mi casa, acostarte conmigo».

La mujer le dijo que no iba a hacer nada, intentando salir de domicilio, momento en que el acusado la agarró fuertemente de los brazos y la espalda, tirando de ella hacia atrás e impidiéndole abandonar el lugar, mientras la mujer se agarraba a la puerta y chillaba pidiendo auxilio.

El relato del fiscal especifica que entonces el acusado le dijo: «pasa para dentro que nadie te va ayudar». Acto seguido, en la salita de entrada al domicilio le pidió que se desnudara, negándose la mujer en repetidas ocasiones diciéndole al acusado que ella no quería hacer nada.

En este momento, el acusado, con intención de atemorizarla para que accediese a sus pretensiones, le gritó de manera agresiva: «No empieces a ponerme nervioso, ¿Qué quieres que te mate? En mi casa hago lo que quiero».

Estas palabras, según el escrito, provocaron en la mujer temor por su vida e integridad física si no accedía a mantener relaciones sexuales con el mismo, ocasionando igualmente el llanto de la misma. Ante dicha situación se quitó la ropa, quedándose íntegramente desnuda.

El acusado se quitó su ropa y, con ánimo libidinoso, la besó en los labios, mientras ella mantuvo relaciones sexuales con él a fin de que se tranquilizase y le permitiese salir del domicilio sin atentar contra su vida o integridad física.

A continuación, la perjudicada se vistió y pidió al acusado que la dejase marcharse, quien en un principio se opuso, accediendo finalmente a las súplicas. La mujer finalmente salió de casa del acusado y se dirigió inmediatamente al cuartel de la Policía Local de Argamasilla de Alba a denunciar estos hechos.

Como consecuencia del forcejeo con el acusado para intentar salir del domicilio, la perjudicada sufrió una erosión en la muñeca derecha.

El escrito también recoge que la perjudicada no reclama indemnización y que el acusado cometió los hechos motivado por su sentimiento de superioridad frente a su amiga por el mero hecho de esta ser mujer y él un varón, y queriendo hacer dejar patente tal sentimiento.

Para el fiscal tal propósito se revela en expresiones que dirigió el acusado a la perjudicada en las que le manifestó: «tú de aquí no te vas, tienes que hacer lo que yo diga porque esta es mi casa», «No empieces a ponerme nervioso, ¿Qué quieres que te mate?» o «En mi casa hago lo que quiero», pese a que ésta se opuso a sus pretensiones y le manifestó: «yo no quiero hacer nada, aquí en España la mujer tiene más palabra, si digo no, es no».

No ha quedado acreditado que entre el acusado y la perjudicada existiese una relación afectiva de pareja.

Además de la pena de prisión el Ministerio Fiscal también solicita las prohibiciones de comunicarse por cualquier medio y de aproximarse a distancia inferior a 200 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en que se encuentre esta persona durante 15 años.

También pide cinco años de libertad vigilada que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, concretada en la prohibición de que el acusado se comunique por cualquier medio y de que se aproxime a distancia inferior a 200 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en que se encuentre esta persona, así como la obligación de participar en programas formativos de educación sexual.