La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado por un delito de asesinato al acusado de matar a su expareja en Lepe (Huelva) el 7 de julio de 2018 a 20 años de prisión, así como a la privación de la patria potestad de sus hijas menores. Además, impone una medida de cinco años de libertad vigilada de cumplimiento posterior al de la pena de prisión, según recoge la sentencia.
Asimismo, condena a este hombre como autor de un delito continuado de quebrantamiento de condena, a la pena de nueve meses de prisión y tendrá que indemnizar a las dos hijas que tuvo con la víctima con 135.675 euros a cada una; a los padres de la mujer con 84.420 también a cada uno y a la hermana con 18.843 euros.
De otro lado, la sentencia recoge que, en caso de que se interpusiera un recurso por parte de la defensa, se prorrogaría la prisión provisional del condenado hasta la mitad de las penas de prisión impuestas.
Cabe recordar que el pasado 28 de septiembre se celebró el juicio contra este hombre con un jurado popular –compuesto por nueve miembros– que lo declaró por unanimidad culpable del asesinato de su expareja en su casa de Lepe en julio de 2018, después de que reconociera los hechos, al igual que el del quebrantamiento continuado de condena.
De este modo, en la sentencia se recoge que «a la contundente prueba de la admisión de hechos y culpabilidad del acusado se suma la comprobación de que dicho reconocimiento, el contenido esencial de su declaración, viene corroborado con la intervención de los profesionales que declararon en el acto del juicio».
Asimismo, indica que los hechos declarados constituyen un delito de asesinato con la concurrencia de las circunstancias agravante de parentesco y agravante de género y atenuante analógica de confesión.
De este modo, se considera probado que el condenado había mantenido una relación sentimental durante años con la víctima, de 24 años, y tenían dos hijas de cinco y tres, a la fecha de los hechos.
También que fue condenado en sentencia firme de fecha 18 de junio de 2018 por el Juzgado de Instrucción 3 de Ayamonte como autor de delito de amenazas de género con la prohibición de aproximarse a la víctima y de comunicarse con ella por tiempo de dos años, siendo requerido personalmente de ello.
A pesar de ese requerimiento, «siguió manteniendo contacto con la víctima y entre el 30 de junio y el 7 de julio de 2018 realizó unas 78 llamadas de teléfono desde su línea telefónica al móvil de ella y acudió a su domicilio en varias ocasiones».
Así, se considera probado que el día 7 de julio de 2018 fue al domicilio de la víctima en Lepe «y tras acceder a la vivienda, con intención de matarla la golpeó y le propinó múltiples cuchilladas en zonas vitales que le causaron la muerte. La atacó por sorpresa excluyendo su posibilidad de defensa y empleó hasta tres cuchillos distintos, y propinó múltiples cuchilladas y golpes deliberada e innecesariamente su dolor y sufrimiento».
Todo esto, reza la sentencia, lo realizó tras la ruptura de la pareja «actuando por razones de género», al tiempo que apunta que el acusado «reconoció los hechos colaborando así en el esclarecimiento de los mismos».