Un tribunal de jurado ha declarado este martes culpables a los dos acusados de asesinar a pedradas a un vecino de Orihuela (Alicante) a finales mediados de julio de 2017 en la inmediaciones de la desembocadura del río Andarax en Almería conforme a la declaración prestada en la vista oral por Manuel J.C., quien reconoció los hechos e implicó a la coacusada la autora de la primera pedrada toda vez que ella se desligó del crimen.
En su veredicto, leído este martes, el jurado que preside el magistrado Jesús Hernández en la Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha considerado por mayoría de ocho votos a favor y uno en contra que Concepción M.G. «quitó la vida intencionadamente a –la víctima– abordándolo inopinada, sorpresivamente y sin posibilidad de defenderse» en las próximidades de la chabola en la que ella vivía cerca de una gasolinera que hay en la zona.
En este sentido, asume como cierto el relato ofrecido por el otro acusado, quien reconoció su participación en el crimen tras ser detenido y facilitó con su confesión la localización del cuerpo y la reconstrucción de hechos; un relato que ha mantenido a lo largo de todo el procedimiento judicial y del que se desprende que ella desencadenó el ataque que dio lugar a una muerte «cierta y sorpresiva» de la víctima, a la que atacó por «la espalda» dando con una piedra en la parte superior del cráneo para después seguir con su ataque.
Así, el jurado ha dado cuenta de la situación de «indefensión» en la que se encontraba el agredido, «sentado en el suelo, intentando ponerse los pantalones», en base a la declaración que dio Manuel J.C., quien afirmó que tras volver de ir a comprar unas botellas de cerveza encontró a este desnudo y a ella exigiéndole que se marchara de allí.
Esta versión de los hechos ha sido aceptada por el jurado frente a las «contradicciones» advertidas en el relato de Concepción M.G., quien indicó que ella no cometió el crimen sino que habría intentado ayudar a la víctima a salir de la situación iniciada por el otro acusado, que comenzó a lanzarles piedras hasta que una de ellas impactó contra su cabeza.
Asimismo, han estimado además compatible el relato de los hechos del autor confeso del crimen con la muerte por traumatismo craneoencefálico indicada por los forenses a través de «un mínimo de cinco golpes», toda vez que Manuel J.C. reconoció haber propinado «más de tres golpes» en la cabeza de la víctima con un objeto contundente una vez se encontraba en el suelo tras el ataque iniciado por su compañera, quien además nunca acudió a las autoridades a denunciar el crimen.
El jurado, que ha negado la suspensión de pena y el indulto a los dos condenados, avala la participación en el crimen de la acusada además en las conversaciones telefónicas interceptadas durante el año de investigación posterior por la Guardia Civil, en una de las cuales ella manifestaba a un amigo «te voy a enterrar en el mismo sitio que al ‘Chiquitín’, debajo del puente».
Para los miembros del tribunal popular, la frase interceptada durante la investigación hacía conocedora a la acusada no solo de que la víctima había fallecido sino también del lugar en el que se hallaba el cadáver, a unos 30 metros de su chabola y bajo unos colchones y matorrales. Del mismo modo, y aunque ella tenía por costumbre llamar por teléfono a la víctima con asiduidad, no lo hizo más tras el día de los hechos, ni desde su teléfono ni desde ningún otro, según han constatado por el registro de llamadas del finado.
Con todo, y aunque los acusados reconocieron que el día de los hechos habían bebido cerveza y tomado estupefacientes, especialmente marihuana, para el jurado esta situación no supone una atenuante, ya que «conocían el alcance de sus actos» por conforme actuaron posteriormente al crimen, con la ocultación del cuerpo.
El jurado también condena, en este caso por unanimidad, al otro autor del crimen, si bien también reconoce que «colaboró con el esclarecimiento de los hechos para decir donde estaba el cuerpo» desde que fue arrestado en Málaga. En este sentido, la defensa de Manuel J.C. ha solicitado un máximo de diez años de prisión para su cliente ante la confesión de los hechos y la ayuda prestada frente a los 14 años interesado por la Fiscalía.
Por su parte, la defensa de Concepción M.G., que pedía la libre absolución después de que ella no llegara a reconocer su participación en el crimen, ha anunciado que recurrirá el veredicto al entender que no existe prueba directa de cargo, toda vez que las declaraciones efectuadas por la Guardia Civil la hacían conocedora de la «desaparición del cadáver» pero no partícipe del asesinato por el que el fiscal interesa 20 años de cárcel. Tras una jornada y media de deliberación, el juicio ha quedado visto para sentencia.