El PSOE ha registrado en el Congreso una proposición de ley para suprimir el apartado del Código Penal que contempla penas de prisión para los ‘piquetes’ de huelga e impulsar una revisión de las sentencias firmes ya dictadas en el aplicación de ese precepto vigente desde 2015 y que fue aprobado por la mayoría absoluta del Gobierno de Mariano Rajoy. Su derogación es uno de los compromisos alcanzados por el Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos.
La proposición no de ley consta de un único artículo, la supresión del tercer apartado del artículo 315 de la Ley Orgánica del Código Penal, que se refiere a coacciones para iniciar o continuar una huelga y prevé penas de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o multas de dieciocho a veinticuatro meses.
En su iniciativa, el PSOE recoge además una disposición transitoria para la revisión de sentencias: «Los jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes dictadas de conformidad a la legislación que se deroga», reza la disposición propuesta.
EL DELITO DE COACCIONES YA PROTEGE LA LIBERTAD
En su exposición de motivos, los socialistas critican que este artículo 315.3 del Código Penal «debe desaparecer» del ordenamiento punitivo «toda vez que el genérico delito de coacciones ya protege de manera adecuada la libertad de no hacer huelga.
Y es que, a su juicio, con la aplicación de forma agravada de las coacciones previstas, frente a una genérica más atenuada, «se ha tratado de disuadir a los ciudadanos de ejercer su derecho a la huelga y, en consecuencia, su libertad sindical».
«ENTRAMADO DE LEYES QUE ASFIXIAN LA CAPACIDAD DE PROTESTA»
La reforma de este artículo 315 se incluyó dentro de la conocida como ‘Ley Mordaza’, el paquete de reformas aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy que entró en vigor en julio de 2015, y que el PSOE encuadra como parte del «proceso constante y sistemático de las libertadas» desarrollado por este Ejecutivo
Como la reforma laboral «no pareció suficiente», esgrime el PSOE, «se reforzaron, con ataques directos, todas las medidas que exterioricen el conflicto, utilizando la legislación en vigor, como la Ley de seguridad ciudadana, y el artículo 315.3 del Código Penal, en el corto plazo y trabajando, en el medio plazo, para desplegar un entramado de leyes que asfixian la capacidad de reacción, protesta o resistencia de la ciudadanía y de las organizaciones sindicales, hacia las políticas del Gobierno».