La Conselleria de Salud de la Generalitat ha prorrogado determinadas medidas restrictivas para los próximos siete días en Lleida, Alcarràs, Aitona, La Granja d’Escarp, Seròs, Soses y Torres de Segre, en la comarca del Segrià (Lleida), ante la situación epidemiológica derivada de la pandemia de coronavirus.
En una resolución publicada este jueves en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc) y recogida por Europa Press, Salud justifica el mantenimiento de las medidas especiales para la contención del brote epidémico y no entran en perjuicio con la vigencia de otras de ámbito territorial superior.
Recomienda salir de casa solo para ir al trabajo, centros sanitarios, cuidar a personas mayores, menores o dependientes, desplazarse a entidades financieras, ir a establecimientos comerciales de alimentación u otros con cita previa, tener encuentros y hacer actividades culturales y de ocio con su grupo de convivencia habitual o renovaciones de permisos y documentación oficial, entre otros desplazamientos.
La resolución señala que los contactos se tienen que limitar, «tanto como sea posible», a las personas que integran el grupo de convivencia habitual, al que se pueden incorporar familiares próximos, cuidadores y personas a quien se da apoyo para evitar su aislamiento.
También remarca adoptar medidas de higiene y protección en los centros de trabajo, potenciando el uso del teletrabajo cuando sea posible, respetar la distancia física interpersonal en los comercios, limitar al 33% de aforo los actos religiosas y no consumir alimentos ni bebidas en las reuniones de hasta 10 personas en espacios públicos.
Respecto a los establecimientos de hostelería y restauración, la resolución indica que el consumo se debe realizar siempre en mesa, en el interior el aforo se limita al 50% del autorizada con distancia de 1,5 metros entre mesas y un máximo de diez personas por cada una y el horario de cierre se estipula en la 1 de la madrugada.
En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se sitúa en el 50% y en los de hostelería y restauración la capacidad de ocupación máxima de las terrazas es del 50%.
La resolución señala que se pueden llevar a cabo actividades culturales, tanto en recintos estables como al aire libre, siempre que se garantice que no se supera el 50% de la capacidad y que se cumplen las indicaciones de los planes sectoriales aprobados por el Procicat.