El Consejo de Ministro ha aprobado, mediante real decreto, la modificación de los reales decretos que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional y las destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural, así como las correspondientes órdenes de convocatoria de dichas subvenciones para los ejercicios de 2019 y 2020.
El objetivo de esta modificación, según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, es posibilitar la realización de las actividades informativas subvencionadas, que se habían visto interrumpidas por la declaración del estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria de la Covid-19, que suspendió toda actividad presencial, y minimizar los perjuicios que la situación epidemiológica actual pueda suponer a las entidades beneficiarias.
En el caso de las subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, se establece un régimen con eficacia limitada al ejercicio de 2020, en el que se amplían los plazos para la ejecución y justificación de las actuaciones, de modo que las entidades beneficiarias dispongan de más tiempo para realizar los proyectos ya aprobados para 2020.
Además, se posibilita la modificación de los proyectos ya aprobados para ajustarlos a este régimen transitorio, para lo que se concede un plazo de 15 días a partir de la publicación del real decreto, sin que ello conlleve en ningún caso la percepción de una cuantía mayor a la inicialmente concedida, ni que pueda contradecir la normativa básica o de la Unión Europea que pueda resultar de aplicación.
Asimismo, también se han flexibilizado determinados requisitos de las actividades para que sea más fácil realizarlas en el actual contexto, marcado por las condiciones derivadas de la pandemia, posibilitando la formación telemática en lo sucesivo.
Se introduce también un régimen transitorio similar en lo que respecta a las ayudas destinadas a programas plurirregionales de formación de profesionales del medio rural, con el objetivo de posibilitar la ejecución y justificación de la actividad.
Dentro de estos programas se permitirá la modificación de los programas formativos ya aprobados, para ajustarlos al citado régimen transitorio y se flexibilizarán las condiciones referidas al porcentaje de ejecución de las actividades. Asimismo, se introducen mejoras generales para simplificar la aplicación de los procedimientos y actualizar su redacción.
Las comunidades autónomas y las entidades más representativas de mujeres rurales y de los sectores implicados han participado en el proceso de elaboración de estas modificaciones.