La Fiscalía recurre la declaración de Corinna en Londres

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido este martes la decisión del juez de la Audiencia Nacional de tomar declaración mediante videoconferencia a la empresaria y examiga del rey emérito en la Embajada de España en Londres. Señala que esa decisión del magistrado «orilla» el cumplimiento de las obligaciones contraídas por España en el marco de la cooperación jurídica internacional, que exigen seguir el cauce de una orden europea de investigación.

En su escrito, el Ministerio Fiscal recuerda que en el artículo 197 de la ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea se fija como «único instrumento para obtención de prueba penal» la orden europea de investigación (OEI). Y apunta que esto no puede ser sustituido mediante el procedimiento acordado en la resolución del juez del 1 de septiembre.

Corinna Larsen declarará en calidad de investigada en el marco de la pieza número 5, denominada ‘Carol’ –por el nombre que utilizaba Villarejo para referirse a la empresaria alemana–, de la macrocausa Tándem, que versa sobre un supuesto encargo que Corinna habría hecho a Villarejo para obtener información sobre una asistente personal española de la que sospechaba que pudiera estar filtrando información de su vida privada.

Si bien recuerdan los fiscales que en un primer momento se siguió la vía para la realización de la declaración por videoconferencia el 8 de septiembre, tras postergar la citación al 28 de septiembre se dejó sin efecto la remisión de esa OEI. El Ministerio Público apunta además que la fórmula seleccionada por el magistrado que instruye ‘Tándem’, Manuel García-Castellón, era «difusa».

Añaden que aunque las embajadas tienen la consideración de territorio español, esta evidencia «no puede servir de cobertura para eludir el cumplimiento de disposiciones que regulan la cooperación jurídica internacional. «La ejecución de la diligencia en la embajada de España en Reino Unido conculcaría la legalidad vigente en menoscabo de la soberanía de Reino Unido», apuntan.

Al hilo, el Ministerio Público insiste en que la petición de García-Castellón de interrogar a la examiga de Juan Carlos I en Londres debe canalizarse a través del Ministerio de Justicia y del de Asuntos Exteriores, excluyendo la comunicación directa del juzgado con la embajada.

Por otro lado, avisan de que la «voluntarista» propuesta de la defensa de Larsen que abogaba por la declaración por videoconferencia en la embajada con la presencia de un letrado británico, no puede ser considerada porque a ese abogado no se le puede encomendar la función de salvaguarda del derecho del Estado de ejecución en sustitución de un representante de la autoridad competente.

Cabe recordar que la semana pasada el juez preparaba un escrito en el que solicitaba a las autoridades de Reino Unido ser exonerado de guardar cuarentena para poder así viajar a Londres para tomar declaración en persona a Corinna Larsen en la Embajada de España.