La pandemia del Covid-19 nos ha pillado a todos desprevenidos y sin preparación para algo así. Tanto a los ciudadanos de a pie como a todos los estamentos. Tras el cese de actividad de algunas empresas, miles de trabajadores colapsaron la capacidad del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE). Todas estas personas solicitaban la prestación por ERTE.
El ERTE o Expediente de Regulación de Empleo Temporal, es una medida a la que las empresas se pueden acoger por motivos justificados y suspenden o reducen temporalmente los contratos de los trabajadores. Esto significa que los trabajadores comenzarán a cobrar una cuantía por desempleo.
El colapso del SEPE
Tras las miles de solicitudes, los servicios del SEPE han permanecido colapsados durante todos estos meses. Los servicios de este organismo ya están en funcionamiento pero, como se puede entender, no han sido todo lo eficaces que se esperaba. Algunos trabajadores todavía no han cobrado lo correspondiente, otros si han tenido su sueldo sin mayor problema y otros han cobrado de más.
Si tú eres de los que has recibido más dinero del que te correspondía, no le tengas demasiado cariño y guárdalo bien para poder devolverlo, porque el SEPE está revisando a fondo todas las prestaciones y va a reclamar lo pagado de más. Además nos darán una fecha límite para poder realizar la devolución. En caso de que nos pasemos de esa fecha porque no tengamos el dinero o porque seamos despistados, vamos a meternos en un lío.
La prestación la cobraremos hasta el día anterior a que nos reincorporemos de nuevo a nuestro puesto de trabajo. Es decir, que deberíamos avisar o haber avisado al SEPE de que el periodo de cese de actividad de nuestra empresa habría acabado y que ya volveríamos normalmente. En caso de que nos toque jubilarnos en este periodo, igualmente deberíamos avisar a este organismo de que vamos a causar la baja y que la retribución ya no nos corresponde.
Dinero de más
El SEPE está saturadísimo de trabajo y es muy probable que no nos atiendan cuando llamemos por teléfono a la oficina que nos corresponde y que se puede averiguar desde http://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones.html. En caso de que suceda y notemos que hemos recibido dinero de más que no nos corresponde, siempre es mejor acudir a ellos para que resuelvan la situación y dar nuestra voluntad de que queremos pagar.
Cuando el organismo rastree todas los pagos se dará cuenta de que hay personas que han recibido más de lo que les correspondía. En ese caso nos dirán la cantidad adeudada y nos darán el número de una cuenta en la que ingresar el dinero. Cuidado porque hay personas que se están haciendo pasar por el SEPE y se dedican al envío de mails y SMS, que son los canales habituales de contacto del organismo, para pedirnos dinero. En caso de que dudemos de la veracidad de un mensaje, siempre es mejor contactar con la fuente principal a ver si es cierto.
La devolución
Si nos han ingresado más dinero del que nos tocaba percibir, el SEPE nos dará un plazo de 30 días para que podamos devolver este dinero. En caso de que no podamos hacerlo o no tengamos recursos, podremos solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda que acarreará ciertos intereses. Este interés de demora es del 3,75% y está fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018.
Puede suceder que el SEPE nos reclame una cantidad adeudada pero todavía seamos beneficiarios de la prestación por desempleo, en este caso el propio organismo va a ajustar una compensación con el cobro indebido y lo que nos debe retribuir. Puede suceder que no cobremos más prestación por desempleo hasta que cumplamos con el dinero adeudado.
Existe la posibilidad de que, pasados los 30 días, no hayamos devuelto el dinero debido y tampoco hayamos comunicado al organismo nuestra intención de hacerlo ni de forma total ni de forma fraccionada. En este caso, el SEPE va a emitir una Certificación de descubierto mediante la vía de apremio. Esto supondrá un 20% de recargo sobre el cobro indebido inicial. Cabe la posibilidad de presentar reclamación a esta reclamación y podremos alegar dentro de los 10 días siguientes a recibir la segunda notificación para presentar alegaciones.
Esta presentación se realizará en la sede provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de cada persona. Si en estos 10 días en donde podremos presentar alegación, mantenemos nuestro silencio, el SEPE dictará la resolución con el cobro indebido y la cuantía. Todavía podemos volver a reclamar nua segunda vez. Tenemos 30 días desde la resolución para explicar los motivos de disconformidad y aportando documentos justificativos. Tras eso, el SEPE en 45 días debe responder y si no responden, podremos presentar una demanda ante la jurisdicción social.