El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha pedido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que cambie la normativa gasista para que los servicios de mantenimiento queden automáticamente resueltos cuando se rescinda el contrato de suministro con el que fueron contratados, salvo que el consumidor solicite expresamente lo contrario.
La institución asegura en un comunicado que ha recibido quejas por la práctica habitual entre las empresas suministradoras de gas de ofrecer contratos por servicios de mantenimiento de las instalaciones del usuario cuya duración no está vinculada a la vigencia de los contratos de suministro.
«Dado que este tipo de contratos siguen vigentes aunque el consumidor cambie de compañía suministradora, muchas veces se produce una duplicidad de los contratos de mantenimiento, que al ser de duración anual, se mantienen año tras año ante el olvido o descuido del momento en el que se deberían haber cancelado», sostiene el Defensor.
La institución subraya que, aunque las empresas están obligadas a informar a los consumidores de la duración de estos contratos con carácter previo a su firma, «parece existir un desconocimiento por parte de los consumidores sobre la verdadera duración de los contratos de mantenimiento».
El Defensor afirma que el hecho de que estos contratos de mantenimiento sean accesorios al contrato principal (el suministro de gas y electricidad), es razonable que el consumidor espere o confíe en que queden automáticamente resueltos una vez se rescinda el principal.
La institución recuerda que aunque estos contratos suelen contratarse de manera conjunta, no se rigen por las mismas reglas que el suministro de electricidad y gas, de manera que pueden existir obligaciones de permanencia, pues no se reconoce al consumidor el derecho a cancelarlo en cualquier momento, como sí ocurre con los suministros de electricidad y gas.
Ante esta situación, el Defensor del Pueblo solicitó informes a la Dirección General de Consumo y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Este último organismo, que comparte la preocupación del Defensor del Pueblo por esta cuestión, ha recordado que este problema ya se ha resuelto en la normativa que regula el sector eléctrico.
Sin embargo, prosigue el Defensor, todavía está pendiente de incorporar una medida similar a la normativa del sector gasista, donde este tipo de cláusulas, incluso de penalización por permanencia con importes elevados, «siguen siendo frecuentes y dejan desprotegido al consumidor».