Por lo general a la mayoría de las personas todo lo que tiene que ver con los impuestos y los tratos con Hacienda nos suele inquietar bastante porque tenemos miedo de equivocarnos. Saber cómo funcionan los impuestos es la mejor manera de poder afrontarlos con seguridad. Por eso a lo largo de este artículo trataremos de contarte todo lo que necesitas saber sobre el IRPF.
Qué es el IRPF
IRPF es la forma abreviada de llamar al Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se trata de un impuesto que pagan las personas físicas que residen en España por las rentas que han obtenido a lo largo del año natural.
Dada su importancia cuantitativa, el IRPF es el impuesto de recaudación más importante para la Agencia Tributaria en España. Es un impuesto de tipo progresivo, es decir, cuanta mayor riqueza se posee más se paga. Dicho de otro modo se calcula en base a la capacidad económica de cada persona.
Es un tributo que se aplica en todo el estado español, sin excluir a ninguna Comunidad Autónoma, aunque una parte de los recaudado en el mismo se les ceda.
Las empresas están obligadas a descontar un porcentaje en cada nómina
Si somos trabajadores por cuenta ajena, todos los meses se nos descuenta de nuestra nómina un dinero en previsión de lo que se tendrá que pagar a Hacienda. Es decir, en general todos los meses los ciudadanos vamos pagando a la administración un anticipo. Por su puesto la finalidad última del IRPF es la de contribuir a los gastos públicos. El Gobierno exige el adelanto para garantizar que todo el mundo cumple con esa parte de sus obligaciones.
Esta retención puede hacerse de un modo prorrateado entre las 12 o 14 pagas anuales, o se puede iniciar el año descontando un porcentaje menor que irá aumentándose con los meses hasta ajustarse a final de año.
De este modo al llegar el momento de hacer la declaración de la renta pueden darse dos casos, que ya hayamos retenido de más, con lo que la Agencia Tributaria tendrá que devolvernos la diferencia. O que aún nos falte algo por pagar, con lo que la declaración nos saldrá a pagar.
Los tres componentes por los que tenemos obligación de pagar el IRPF son:
- Los rendimientos del trabajo, es decir lo que ganamos por trabajar por cuenta propia o ajena. Los rendimientos obtenidos por el capital mobiliario (intereses de cuentas bancarias, bonos, acciones, etc.)y los rendimientos obtenidos por el capital inmobiliario (por ejemplo alquilar una casa).
- Las ganancias o pérdidas patrimoniales (transmisiones, premios, pérdidas justificadas…)
- Las Imputaciones de renta, se trata de unos casos supuestos en los que la ley del IRPF obliga al contribuyente a declarar como si hubiera obtenido una renta aunque no sea así.
Rentas exentas de tributar
También existen una serie de rentas que están exentas de tributar como pueden ser:
- Las indemnizaciones que se reciben por despido o por cese del trabajador (hasta cierto límite).
- Las prestaciones reconocidas al contribuyente por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Las prestaciones y ayudas familiares vinculadas al nacimiento, parto, adopción o acogimiento de menores.
- Las becas públicas.
La Agencia Tributaria establece las tablas del IRPF
Es obligación de las empresas el retener el porcentaje correspondiente del sueldo a sus empleados en la nómina de cada mes atendiendo a las tablas que establece la Agencia Tributaria. Estas tablas permiten variar el porcentaje a retener en función de las circunstancias personales de cada uno.
Por lo tanto las tablas, que pueden variar cada año establecen los diferentes baremos de IRPF que nos toca pagar a Hacienda.
Las tablas de 2020 incluyen tres supuestos:
1.- Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente.
2.- Casado con cónyuge (el cual, reciba menos de 1.500 €/año)
3.- Otros
El IRPF de los autónomos
Como Personas Físicas que son está claro que los autónomos también tienen que pagar el IRPF, de hecho está claro que cuanto más ganen en principio más pagarán, al tratarse de un impuesto progresivo.
Son los autónomos que están dados de alta en las secciones segunda y tercera el Impuesto de actividades económicas, que se corresponden con las actividades profesionales y artísticas los que deben aplicar retenciones. En el año 2020, está establecido que el porcentaje de IRPF para los autónomos que no tengan rentas superiores a los 15000 euros anuales es del 15%.
En el caso de los nuevos autónomos, durante los tres primeros años de actividad pueden aplicar una retención reducido del 7%.
Estas retenciones deben reflejarse directamente en las facturas cuando el cliente sea otro autónomo o una empresa y la operación se realice en territorio español.
Los autónomos liquidan cada tres meses las retenciones del IRPF con el modelo 131 si están acogidos al régimen de estimación objetiva o de módulos. O con el modelo 130 si están en el régimen de estimación directa.