La sentencia dictada resuelve a favor del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife que conserva el dominio de forma totalmente gratuita, sin perjuicio de la obligación que tiene Inversiones Las Teresitas SL, y el resto de condenados de devolver a las arcas municipales los casi 53 millones abonados por la compraventa más sus intereses.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santa Cruz de Tenerife ha declarado hoy que el Ayuntamiento de la capital tinerfeña no tiene la obligación de devolver a la empresa Inversiones Las Teresitas las once fincas del frente de la playa que fueron objeto del contrato de compraventa anulado en los litigios a los que dio lugar esa operación.
El Consistorio recuerda que fue a finales del mes de junio de 2019 cuando el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife, ante el que se seguía la rama civil del caso de Las Teresitas, concedió trámite de audiencia al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Inversiones Las Teresitas SL, sociedad de Antonio Plasencia e Ignacio González, sobre la incidencia que la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 26/03/2019 había tenido sobre la causa civil.
Los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife evacuaron dicho trámite mediante escrito de fecha 24 de junio de 2019, por el que fue solicitado al Juzgado que en la causa civil se dictara sentencia por la que se declarase a favor del Ayuntamiento la titularidad de las 11 parcelas adquiridas en virtud del contrato de compraventa suscrito el 18 de septiembre de 2001, el cual había sido anulado por sentencia del Tribunal Supremo de fecha 3 de mayo 2007.
La sentencia hecha pública hoy detalla que Inversiones Tenerife y el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife firmaron en 2001 un contrato de compraventa de varias parcelas del frente de la playa por un valor de 52,58 millones de euros, acuerdo que fue anulado por la Sala de lo Contencioso Administrativo Tribunal Supremo en una sentencia a la que más tarde se sumó otra de la Sala de lo Penal que estableció que la operación resultó delictiva y que el Consistorio fue perjudicado por esos hechos.
La sentencia civil declara que como la nulidad de la compraventa proviene de una causa ilícita, un delito, no imputable al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, este no tiene obligación de devolver a Inversiones Las Teresitas el objeto del contrato (once fincas del frente de la playa) y se mantiene la titularidad municipal de las mismas.
Agrega el fallo que todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil de la entidad ILT SL, declarada en la sentencia de 26 de marzo de 2019 dictada en el procedimiento penal.
Concordancia con la sentencia penal
La sentencia recuerda que en el fallo penal se declaró la ilicitud de la causa del contrato al haberse acreditado la existencia de delito de los intervinientes en el mismo y se condenó a Inversiones Las Teresitas como responsable civil por haberse lucrado de los efectos del delito (receptación civil), a la devolución de las cantidades recibidas del Ayuntamiento en concepto de precio de la compraventa, con sus respectivos intereses.
Además, confirma que la Sala de lo Penal del Supremo, además de declarar al Ayuntamiento como perjudicado, obligó a esta empresa, así como al resto de los condenados, a pagar de forma solidaria, al Consistorio la cantidad entregada como precio más los intereses y especifica que, tanto la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife como el Tribunal Supremo han declarado que el Ayuntamiento no ha sido autor de ningún delito en este litigio, sino perjudicado por el mismo, y que Inversiones Las Teresitas se lucró del negocio, siendo condenada a responder civilmente junto con los restantes condenados.
Esta operación de compraventa del frente de la playa de Las Teresitas ha provocado varias sentencias judiciales al estimar que el Ayuntamiento pagó por la compra de esas once parcelas, un valor superior al tasado por los técnicos municipales.