El delegado del Gobierno en Madrid declara hoy ante la jueza por el 8-M

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, Carmen Rodríguez Medel, desestimó los recursos de reforma formulados por la Abogacía del Estado, a los que se había adherido parcialmente el Ministerio Fiscal dentro de la investigación del llamado ‘caso 8-M’, y rechazó el archivo de la causa, confirmando así para hoy la citación del delegado de Gobierno de Madrid, José Manuel Franco, en los juzgados de Plaza de Castilla.

La jueza desestimó la impugnación de tres providencias de 21 de abril, 21 de mayo y 25 de mayo de este año. Así, entre otros aspectos procesales, la magistrada rechazó la alegación de nulidad de las actuaciones, la paralización de las mismas y la indefensión del delegado del Gobierno en Madrid.

En concreto, precisó que el estado de alarma “no ha objetado” la tramitación ordinaria del procedimiento y concluyó que “no puede prosperar la alegación de que todo es nulo porque la jurisdicción penal estaba paralizada”.

En el auto puntualizó cómo, aunque con limitaciones por los turnos rotatorios de los integrantes de la oficina judicial, el Juzgado de Instrucción nº 51 ha seguido tramitando todas las causas de su competencia.

Así, como consecuencia de esta resolución, el juzgado mantiene las citaciones de declaración fijadas para hoy y mañana jueves, día 11, tal y como estaban previstas. Este miércoles está llamado ante la jueza el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, y también comparecerán entre los dos días varios trabajadores de la Delegación y los convocantes de varias manifestaciones en los días previos a la declaración del estado de alarma.

CAUSA GENERAL

Rodríguez Medel rechazó la posibilidad de paralizar la investigación hasta resolverse el recurso de apelación que la Abogacía del Estado presentó ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La Abogacía presentó recurso de apelación directo ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la decisión de la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid de abrir diligencias contra el delegado del Gobierno en la capital por prevaricación administrativa al permitir la celebración de la manifestación del 8-M pese a la alarma sanitaria por Covid-19. El argumento fundamental del recurso era la creencia de que la jueza había abierto “una causa general” contra el Ejecutivo.

A su entender podría haberse producido “indefensión” al abrirse una causa “con celeridad inusitada, en modo alguno justificada por motivos jurídicos o procesales” y limitando, a su entender, la posibilidad de recurso.

La jueza negó esa indefensión con el argumento de que «el objeto de este procedimiento penal se circunscribe única y exclusivamente a las decisiones jurídicas adoptadas entre el 5 y el 14 de marzo de 2020 por el delegado de Gobierno de Madrid, don José Manuel Franco Pardo, tanto de toma de conocimiento de concentraciones/manifestaciones como de no prohibición de aquellas sobre las que previamente ya había tomado conocimiento, en su condición de autoridad administrativa” y siempre en relación con la crisis sanitaria derivada del Covid-19.

Además, en su auto, la jueza sostuvo que “aplicar una regla diferente a la prevista en la ley a los recursos de la Abogacía del Estado no tiene amparo ni legal, ni constitucional, pues supondría un trato favorable para este investigado (el delegado del Gobierno en Madrid), en relación con las demás partes del procedimiento»

La Abogacía se oponía a las diligencias ordenadas para cavar las instrucciones internas dadas en la Delegación del Gobierno en relación a las solicitudes de autorización de manifestaciones en los días previos al estado de alarma, por entender que no son objeto de investigación.

Así lo reconoció la jueza en su auto, que señala que si están bajo investigación las “decisiones en materia de concentraciones/manifestaciones”, por lo que esas instrucciones podrían contribuir a “determinar el grado de conocimiento sobre el Covid del investigado y ello puede ser relevante” a la hora de valorar las decisiones tomadas sobre la celebración o no de manifestaciones.

La jueza señaló además que tramitaba esta causa por «impulsar todos los procedimientos de manera que no se demoren innecesariamente en el tiempo, especialmente, ante el previsible colapso judicial que se avecina».

Además, insistió en la necesidad de fijar plazos para que las administraciones entregaran la documentación requerida en la certeza de algunos órganos oficiales como el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (Ccaes) retrasaron sin ninguna justificación la entregar documentación. Así, lo que en principio “no era especialmente urgente devino en serlo” por la dificultad en recabar la documentación. También criticó las “demoras” y “reticencias” de la Delegación del Gobierno y del Ccaes a entregar la información solicitada.

(SERVIMEDIA)