El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reclamó este sábado a la ciudadanía “prudencia y responsabilidad” en los paseos o en la práctica de deporte individual, alegando que “el virus sigue estando ahí”.
A través de un apunte en su perfil oficial de Twitter, el jefe del Ejecutivo recuerda que “hoy damos un nuevo paso en las medidas de alivio del confinamiento” al posibilitar los paseos con un conviviente o el deporte individual de 6.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00 horas.
“Debemos hacerlo con prudencia y responsabilidad. El virus sigue estando ahí”, enfatizó Sánchez, antes de demandar que se respeten las indicaciones, se sigan las pautas de higiene y las de distanciamiento con otras personas.
Sánchez concluyó su comentario con el ‘hashtag’ #EsteVirusLoParamosUnidos y compartiendo un vídeo elaborado por La Moncloa en el que se detallan las actividades permitidas en este momento del estado de alarma y sus franjas horarias.
Ayer, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la orden del Ministerio de Sanidad estableciendo las franjas horarias por edades en las que la población puede salir a pasear o a realizar deporte a partir de esta misma mañana.
Según esta norma, los adultos de 14 años en adelante pueden realizar deporte de manera individual o pasear −solos o acompañados de una persona con la que convivan− entre las 06.00 y las 10.00 horas de la mañana y las 20.00 y las 23.00 de la noche. Podrán salir una única vez, pero la orden aclara que actividades ya permitidas como ir a la compra o al banco o pasear con los niños no computarán en este sentido. Dichas salidas podrán acumularse.
Por su parte, los niños menores de 14 años pueden pasear acompañados de un adulto responsable con el que convivan entre las 12.00 de la mañana y las 19.00 de la tarde. Las personas mayores de 70 años o que por su situación de dependencia deban salir acompañadas por un cuidador tendrán reservadas las franjas de 10.00 a 12.00 de la mañana y de 19.00 a 20.00 de la tarde.
En este último caso, se permitirá que un cuidador habitual acompañe a la persona, aunque no viva con ella.
Además, el BOE estableció que, «excepcionalmente, estas franjas horarias podrán no ser de aplicación en aquellos casos en los que, por razones médicas debidamente acreditadas, se recomienda la práctica de la actividad física fuera de ellas, así como por motivos de conciliación justificados de los acompañantes de las personas mayores, menores o con discapacidad».
(SERVIMEDIA)