El Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, publica este viernes una orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que incluye la modificación del procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir a este departamento, «para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis», y que establece que se deberán de comunicar todas las muertes por Covid-19, independientemente del lugar en el que se produzca el fallecimiento.
La modificación se produce después de que Cataluña decidiera unilateralmente cambiar los criterios relativos a la consideración de fallecidos por Covid-19 y que otras comunidades pusieran en duda que las cifras que se están difundiendo reflejen la realidad, al considerar que las muertes por coronavirus pueden ser mayores.
La orden que hoy publica el BOE explica que la evolución de la situación de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma obliga a adaptar y modificar el procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir al Ministerio de Sanidad.
La modificación afecta a las tablas de datos correspondientes a información epidemiológica y a contratación de recursos humanos y disposición de material para hacer frente a la pandemia por Covid-19.
Además del número de muertes por coronavirus, independientemente del lugar en el que se haya producido el fallecimiento, las comunidades autónomas deberan remitir cada 20-21 horas los casos acumulados totales confirmados mediante prueba diagnóstica (PCR o test rápido de anticuerpos) incluyendo sintomáticos y asintomáticos, así como los casos acumulados con síntomas en el momento de la prueba.
También los acumulados totales confirmados que han ingresado en centros hospitalarios u otros centros habilitados para la atención de pacientes, incluyendo en las unidades de cuidados intensivos (UCI), y aquellos que han ingresado en la UCI, incluidas las camas ampliadas de UCI para la respuesta al Covid-19.
(SERVIMEDIA)