¿Quién puede regresar a trabajar a partir de este lunes?

A partir de este lunes el Gobierno permite que los trabajadores de actividades no esenciales vuelvan a incorporarse a sus puestos tras finalizar el permiso retribuido recuperable. Sin embargo, entre los ciudadanos surge la duda de quién puede acudir a su puesto de trabajo y quien debe seguir en casa.

SÍ PUEDEN REGRESAR A SU PUESTO DE TRABAJO

El ejecutivo de Pedro Sánchez permite que desde este lunes puedan ir a su puesto de trabajo aquellos ciudadanos que desempeñen actividades esenciales, así como aquellas cuyo empleo forme parte de la Industria, la Construcción o empleadas del hogar. Lo hacen bajo las recomendaciones para preservar la seguridad en el desplazamiento y en el centro de trabajo.

No obstante, este domingo por la noche, el Ministerio de Sanidad ordenó que se suspenda la ejecución de determinadas obras de intervención en edificios que supongan la concentración de personas y compartir determinados espacios comunes con residentes u otros usuarios, al considerar que de esa forma se incrementa el riesgo de contagio por Covid-19.

Así se determina en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que se conoció pocas horas antes de que los trabajadores de actividades no esenciales volvieran a incorporarse a sus puestos.

En el BOE, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, señala que el objetivo es «evitar el riesgo de propagación y contagio del Covid-19 en un contexto de necesaria prudencia».

«La limitación para la actividad alcanza a toda clase de obra que suponga la intervención en un edificio ya existente, independientemente de su alcance, así como la circulación de sus trabajadores o materiales, que no sea posible independizar por completo de los espacios en los que se encuentren, temporal o permanentemente, aquellas otras personas. Dicha restricción no alcanzará a aquellas obras en las que no se produzca dicha interferencia y las obras a realizar puedan ser sectorizadas o separadas dentro del inmueble al que afecten, así como a aquellas que tengan por finalidad realizar reparaciones urgentes de instalaciones, averías o tareas de vigilancia en el propio inmueble», reza el texto.

Esta orden mantendrá su vigencia hasta la finalización del periodo de estado de alarma y sus prórrogas, o hasta que existan circunstancias que justifiquen la aprobación de una nueva orden que modifique los términos de la presente.

También pueden seguir en su puesto de trabajo aquellos ciudadanos cuyo empleo sea en alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, farmacias, clínicas veterinarias, ópticas, dentistas, prensa y papelería, combustibles, estancos, telecomunicaciones, internet y telefonía.

Todas las personas que teletrabajen también pueden seguir desempeñando sus funciones.

NO PUEDEN REGRESAR A SU PUESTO DE TRABAJO

Quienes no podrán seguir trabajando son aquellos que lo hagan en bares, tabernas, restaurantes, discotecas, centros de ocio, recintos deportivos, parques y actividades culturales.

Tampoco deberán acudir a su puesto de trabajo aquellas mujeres que estén embarazadas, personas de avanzada edad o aquellas que estén enfermas graves o con sítmonas de Covid.

(SERVIMEDIA)