El rey Felipe VI presidió este miércoles la reunión del Consejo de Seguridad Nacional, que tuvo lugar en el Palacio de la Zarzuela.
Corresponde al Consejo de Seguridad Nacional dictar las directrices necesarias en materia de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional, así como dirigir y coordinar las actuaciones de gestión de situaciones de crisis y supervisar el Sistema de Seguridad Nacional.
Además, se dedica a verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y de promover e impulsar sus revisiones. Igualmente, promueve e impulsa la elaboración de las estrategias de segundo nivel que sean necesarias y procede, en su caso, a su aprobación, así como a sus revisiones periódicas.
Organiza la contribución de recursos a la Seguridad Nacional conforme a lo establecido en esta ley y aprueba el Informe Anual de Seguridad Nacional antes de su presentación en las Cortes Generales, además de acordar la creación y el fortalecimiento de los órganos de apoyo necesarios para el desempeño de sus funciones.
Entre sus funciones está, igualmente, impulsar las propuestas normativas necesarias para el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Nacional y realizar las demás funciones que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
Forman parte de este Consejo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez –quien lo preside cuando no lo hace el Rey–, los vicepresidentes del Ejecutivo (entre ellos Pablo Iglesias) y los ministros de Asuntos Exteriores, Justicia, Defensa, Hacienda, Interior, Fomento, Industria, Comercio y Turismo, Presidencia, Economía y Empresa, Sanidad, y Consumo y Bienestar Social.
También lo integran el director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, el secretario de Estado de Asuntos Exteriores, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa (Jemad), el secretario de Estado de Seguridad y la directora del Centro Nacional de Inteligencia.
El Consejo de Seguridad Nacional se reúne a iniciativa del presidente del Gobierno como mínimo con carácter bimestral o cuantas veces lo considere necesario, así como cuando las circunstancias que afecten a la Seguridad Nacional lo requieran.
(SERVIMEDIA)