El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado el destierro durante tres años de un pequeño municipio de la Merindad de Pamplona de un vecino de 68 años condenado por la Audiencia Provincial por tocamientos a una niña de 12 años.
El acusado, que aceptó una condena de conformidad de 2 años de prisión por un delito de abuso sexual a menor de 16 años, recurrió dos de las penas accesorias impuestas por la Audiencia: la aproximación a la víctima, su domicilio y el lugar de estudios por el plazo de tres años con una distancia de seguridad de 200 metros, y la prohibición de residencia en la localidad por idéntico plazo, según apunta ‘El Español’.
En el recurso, su defensa pidió dejar sin efecto la prohibición de residencia en el municipio y que se redujera a 20 metros el alejamiento.
Unas demandas que argumentó alegando que se trataba de una persona mayor que había vivido toda su vida en la casa familiar de esa pequeña localidad y que era la única propiedad que poseía.
También se puso en duda la gravedad de los hechos, se reprochó a la Audiencia que primara la recuperación de la menor y se consideró innecesario el destierro si se mantenía la prohibición de aproximarse a la víctima.
El TSJN justifica su decisión recogiendo dos sentencias del Supremo que sostienen la necesidad de reforzar el alejamiento con la prohibición de residencia en la misma localidad que la víctima.
Y el tribunal, además, señala que “no se olvide que nos encontramos en una pequeña población que, por tanto, hace posibles y previsibles los frecuentes encuentros entre víctima y acusado”. Para el TSJN es una medida dura pero aconsejable dadas las circunstancias del caso.