El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firmó este lunes el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones generales, previstas para el próximo día 28 de abril, que será remitido al Rey para su rúbrica y que se publicará este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según informaron fuentes presidenciales, el jefe del Ejecutivo firmó este lunes el real decreto antes de partir hacia Granada, donde clausurará las jornadas ‘Estrategia española I+D+I en Inteligencia Artificial’, que se celebran en el Palacio de Congresos de la ciudad nazarí.
Estas mismas fuentes precisaron que el real decreto se remitirá al Rey para que éste lo firme hoy mismo, como requisito previo a su publicación el martes en el BOE.
Sánchez anunció el adelanto electoral el pasado 15 de febrero después de que la oposición le tumbara el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE).
El calendario electoral definido por Sánchez, al adelantar las elecciones generales al 28 de abril, aboca muy probablemente a que la constitución del nuevo Congreso de los Diputados salido de esas urnas se constituya en plena campaña para las europeas, autonómicas y municipales del 26 de mayo.
Según el artículo 68.6 de la Constitución, el Congreso electo en las generales debe ser convocado dentro de los 25 días siguientes a la celebración de los comicios, es decir, el 23 de mayo como muy tarde. Ese lapso de tiempo es el máximo previsto, pero podría ser menor.
En todo caso, la campaña para esas elecciones de mayo comienza el día 10, apenas dos semanas después de haberse celebrado las generales. En el caso de que el Congreso ya se hubiera constituido, los partidos afrontarían una nueva campaña electoral en plena ronda de contactos del Rey con los partidos con representación parlamentaria para proponer a un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Una vez que el Rey formule esa propuesta tendría que convocarse la sesión de investidura, que en caso de resultar fallida pondría en marcha la cuenta atrás para nuevos intentos antes de expirar el plazo de dos meses para convocar nuevas elecciones generales.
Teniendo en cuenta ese calendario y la complejidad de definir mayorías que puede derivarse de las elecciones generales, podría darse el caso de que no haya acuerdos para una investidura antes de los comicios de mayo, y que sea después, con los resultados de ambas citas con las urnas, cuando los partidos tracen sus acuerdos en los diferentes ámbitos.
La otra opción es que una mayoría definida salida de las urnas el 28 de abril permita acelerar los pasos previstos hasta tener un gobierno antes del 26 de mayo.
(SERVIMEDIA)