La Sala Penal del Supremo ha reafirmado por unanimidad su competencia para juzgar al exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, y a otros 11 exconsellers acusados de los delitos de rebelión por impulsar la realización de un referéndum ilegal y proclamar la declaración unilateral de independencia de Cataluña; y de malversación de caudales públicos en la conocida como causa del ‘procés’.
Por otra parte, el Supremo ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la parte que afecta a los procesados a los que la Fiscalía solo acusaba de un delito de desobediencia. Se trata de los exmiembros de la Mesa del Parlament Lluis Corominas, Lluis Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet, y de la expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, Mireia Boya. Todos ellos están acusados de desobediencia la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
El #TS confirma su competencia para enjuiciar los delitos de rebelión y de malversación en la causa del “procés” y remite al @tsj_cat la parte que afecta a los acusados de desobediencia. Nota informativa y auto en https://t.co/WSpLwbUjWX
— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) 27 de diciembre de 2018
Según el comunicado del Poder Judicial, en relación a la vulneración de derechos fundamentales alegada por las defensas, «la Sala considera que será al inicio de las sesiones del juicio oral cuando se podrá invocar. No obstante, rechaza que la distancia respecto del domicilio familiar, así como la imposibilidad de utilizar su lengua materna, que fue planteada en la vista, pueda ser determinante de la competencia del órgano de enjuiciamiento».