El pasado mes de octubre el Tribunal Supremo declaró exentas del pago del IRPF las prestaciones de la Seguridad Social percibidas por maternidad y paternidad.
Para reclamar el dinero cobrado de más, los afectados deberán seguir un procedimiento, que este lunes ha detallado la ministra Montero.
Según ha dicho, desde esta misma tarde los afectados se podrán descargar de la web de Hacienda un formulario que, después, deberán entregar a la Agencia Tributaria, ya sea de forma presencial o por vía telemática.
Las devoluciones comenzarán a llegar la próxima semana y ascenderán, de media, a estas cantidades.
Madres: 1.600 euros
Padres: 383 euros
PROCEDIMIENTO
En cuanto al procedimiento, la Agencia Tributaria ha habilitado en su página web un formulario online en el que los afectados deberán indicar la fecha de nacimiento del hijo por el que recibieran la prestación y el número de cuenta bancaria en el que recibir la devolución. En este sentido, Montero señaló que la intención de Hacienda y la AEAT ha sido “simplificar al máximo el trámite y reducir el papeleo” de forma que los contribuyentes no deban aportar ningún documento con el que la AEAT ya cuenta.
Además, estarán habilitadas las mismas vías que existen para la presentación de la declaración de la Renta, como el sistema Reno (a través del número de referencia de la última declaración o, en caso de no tenerlo, solicitándolo previamente); la clave pin; el reintegro a través de certificado electrónico; o en papel en las oficinas de la Agencia Tributaria. Sobre este punto, Montero recomendó hacer el proceso de forma online para hacerlo más ágil y que el seguimiento sea más claro.
Por otro lado, la ministra resaltó la “lectura amplia y generosa” por parte del Ministerio de aplicar la decisión del Supremo también a las prestaciones por paternidad, a pesar de que la sentencia solo hacía referencia explícita a las de maternidad. Según Montero, de lo contrario “la política de igualdad quedaría en saco roto”.
En cuanto a la decisión de que a partir de 2018 tampoco se apliquen la retención del IRPF a los salarios de los funcionarios durante sus permisos de maternidad y paternidad, Montero señaló que primero será necesario realizar un cambio normativo, pero que se trata de “un paso de gigante” en la interpretación de la sentencia.
Preguntada por aquellos casos anteriores a 2014 que pudieran estar denunciados y, por tanto, no prescritos, la ministra apuntó que el Ministerio y la Agencia Tributaria estudiarán dichas excepciones de forma particular e individual.