La exministra socialista y exconsejera de Economía de Andalucía, Magdalena Álvarez, ha obtenido una victoria parcial en su lucha legal contra la sentencia que la condenó a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación en el ‘caso de los ERE’. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado su recurso, anulando la condena y ordenando a la Audiencia Provincial de Sevilla que dicte una nueva sentencia que rebaje la pena.
Esta decisión del tribunal de garantías tiene un impacto significativo, ya que establece que la aprobación de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos y de modificaciones presupuestarias en los años 2002, 2003 y 2004 no pueden ser considerados como constitutivos del delito de prevaricación. Esta es una interpretación que se alinea con el criterio expresado anteriormente por la Fiscalía, quien había advertido que tanto la Audiencia Provincial de Sevilla como el Tribunal Supremo habían realizado una interpretación excesiva del delito de prevaricación al considerar estas actuaciones como parte del mismo.
El Tribunal Constitucional Anula la Condena de Magdalena Álvarez
Según la resolución del Tribunal Constitucional, la condena de Álvarez por haber participado en la aprobación de las modificaciones presupuestarias realizadas en el ejercicio 2002 al amparo del nuevo sistema de presupuestación aprobado por el Parlamento de Andalucía, a través de la ley de presupuestos, es contraria a Derecho. Los magistrados han concluido que este tipo de actuaciones, ni son resoluciones ni han recaído en un asunto administrativo, ya que se trata de actos dictados por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Es importante destacar que la decisión del Pleno no ha sido adoptada por unanimidad, ya que ha contado con el voto en contra de los cuatro magistrados del ala conservadora. Estos magistrados han anunciado que emitirán un voto particular, lo que sugiere que la discusión y debate dentro del Tribunal Constitucional ha sido intenso y ha reflejado las diferentes interpretaciones jurídicas existentes en torno a este caso.
La Importancia de la Función Legislativa en el Proceso Presupuestario
La revisión de la condena de Álvarez por el Tribunal Constitucional pone de manifiesto la complejidad y la importancia de la función legislativa en el proceso de elaboración y aprobación de los presupuestos públicos. El tribunal ha reconocido que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley no pueden ser considerados delitos de prevaricación, ya que se trata de actos propios del ejercicio de la función de gobierno que corresponde al Poder Ejecutivo.
Esta decisión del Tribunal Constitucional tiene importantes implicaciones, ya que sienta un precedente relevante en cuanto a la delimitación de las responsabilidades y competencias entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial en el ámbito presupuestario. Asimismo, refleja la necesidad de una interpretación jurídica más precisa y acorde con la realidad de los procesos legislativos que rodean la formulación y aprobación de los presupuestos públicos.
En resumen, el Tribunal Constitucional ha emitido una resolución trascendental en el caso de Magdalena Álvarez, anulando parcialmente su condena y estableciendo que la aprobación de anteproyectos y proyectos de ley presupuestaria no puede ser considerada constitutiva del delito de prevaricación. Esta decisión tiene importantes repercusiones en la delimitación de las competencias entre los poderes del Estado y en la interpretación jurídica de los procesos legislativos presupuestarios.