15 meses de cárcel a Cristina Seguí por difundir el video de las menores de la violación grupal de Burjassot

El Juzgado de lo Penal número 10 de València ha condenado a Cristina Seguí, ex dirigente de Vox y presidenta de Gobierna-te, a 15 meses de cárcel y 900 euros de multa por un delito de descubrimiento y revelación de secretos y otro contra la integridad moral. La condena se debe a la difusión que realizó del vídeo de las menores víctimas de una agresión sexual cometida por cinco adolescentes de 17 años en la localidad valenciana de Burjassot.

Además, Seguí deberá indemnizar a una de las víctimas con 12.000 euros por el daño moral sufrido a raíz de la difusión, que agravó el que ya padecía por la agresión sexual. Según relató su madre en el juicio y consta en un informe psicológico forense, este hecho «arruinó» la vida de la niña, que empezó a sufrir bullying y tuvo que cambiarse de colegio, aunque siguieron repitiéndose los insultos.

Intención de «Denigrar y Ofender» a las Víctimas

La magistrada considera que Seguí tuvo intención de «denigrar y ofender» a las víctimas «públicamente» con sus comentarios. La exdirigente de Vox no obtuvo el consentimiento del emisor para difundir el vídeo, y lo acompañó de varios comentarios «destinados y claramente dirigidos a atacar la dignidad de la menor«, incluso cuestionando si realmente habían sido víctimas de una agresión sexual.

Según la sentencia, Seguí publicó el vídeo en su cuenta de Twitter con 200.000 seguidores, y posteriormente lo proporcionó al programa televisivo de Internet ‘Estado de alarma’ para que fuera reproducido y comentado por ella y el presentador. La magistrada subraya que Seguí «no quedó como mera espectadora, sino que lo difundió» cuando pudo haberlo visto y borrado o comentado en un círculo cerrado.

Rechazo de Alegatos de la Defensa

La defensa de Seguí argumentó que en las imágenes no se ofrecían datos suficientes para aseverar que eran las víctimas de los hechos de Burjassot. Sin embargo, la jueza rechaza este argumento, ya que la propia exdirigente de Vox «dio por hecho y cierto» que lo eran y con base en esa certeza, difundió el vídeo acompañándolo de comentarios referidos a que no tenían 12 sino 15 o 16 años, y que las relaciones sexuales denunciadas no habían sido forzadas, sino consentidas.

La magistrada también descarta la concurrencia de la agravante de género que pedía la acusación, ya que no ha quedado probado que Seguí cometiera los delitos «por razón del sexo femenino de la víctima«. Sin embargo, subraya que la intención de la exdirigente de Vox fue «denigrar y ofender» a las menores, lo cual consiguió, agravando así la situación psicológica que ya sufrían por la agresión sexual.